TRIBUNAL, POR UNANIMIDAD, DECLARA SIN LUGAR RECUSACIONES
PRESENTADAS POR LA DEFENSA
Equipo de Comunicación
Ciudad de Guatemala, 9 de abril de 2018. Audiencia día 11. Antes de que iniciara a declarar la perita propuesta para hoy, la defensa de Benedicto Lucas García planteó una recusación contra el juez presidente del Tribunal de Mayor Riesgo C, Pablo Xitumul de Paz, al argumentar que el juez está siendo parcial beneficiando al Ministerio Público (MP) y a las querellantes, que “tiene sentimientos de odio” hacia el ejército de Guatemala, y manifiesta una enemistad grave hacia la persona de Benedicto Lucas.
La defensa basó su recusación en que los restos del padre del juez
Xitumul fueron encontrados en una exhumación hecha en el
destacamento militar de Rabinal, y afirmaron que este caso se
encuentra registrado en la página de la Fundación de Antropología
Forense. Es por ello que argumentaron que el juez presidente tiene
interés particular.
Luego de esta recusación, la defensa de Zaldaña Rojas también
recusó al juez Xitumul con el mismo argumento, y a estas
recusaciones se sumaron las de los otros tres acusados. La defensa
acusó al tribunal de ya tiene una sentencia condenatoria
preconcebida. Posteriormente el juez dejó todas las partes
procesales se pronunciaran al respecto. El MP expresó que no acepta
los argumentos de la defensa por ser frívolos e improcedentes por
los hechos que se están juzgando en este tribunal.
El abogado de Emma Guadalupe Molina Theissen señaló que la
recusación era improcedente, extemporánea y un ejercicio de mala fe
por parte de la defensa, que se trata de un litigio malicioso ya
visto en otros casos de esta naturaleza. El abogado de Emma Theissen
Álvarez mencionó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos
(CIDH) exhorta a que los Estados no permitan el litigio malicioso,
retrasando la justicia. Recordó que la CIDH obligó al Estado de
Guatemala a realizar el juicio nacional en contra de los captores y
violadores de Emma, así como los secuestradores de Marco Antonio.
Después de la deliberación del tribunal, este, por unanimidad,
declaró sin lugar las recusaciones presentadas por la defensa de los
acusados, por considerar que no son ciertas las causales invocadas
por los abogados, que los hechos que mencionan no tienen relación
con lo que se juzga, que el juez presidente no tiene ningún interés
particular, y afirmó que no existe ninguna enemistad con ninguno de
los acusados, por lo que ordenó que el debate continuara.
Seguidamente, la abogada Claudia María López David ratificó su
peritaje “Graves violaciones al derecho internacional humanitario
en el caso de Marco Antonio Molina Theissen y Emma Guadalupe Molina
Theissen”. La perita resaltó que como país parte, el Estado de
Guatemala tenía la obligación de proteger los hermanos Molina
Theissen, ya que se trataba de personas civiles, no combatientes, y
en particular de un niño, que tiene una categoría especial por ser
niño.
Recordó que Guatemala ratificó el Estatuto de Roma en el 2012 y los
cuatro convenios de Ginebra. Habló de los principios del derecho
humanitario que les fueron violados a los hermanos Molina Theissen:
Principio de Humanidad, Principio de Igualdad, Principio de necesidad
militar, en el cual debía haber un equilibrio y respeto al estatus
civil de Emma y Marco Antonio; así como el Principio de distinción
y el Principio de prioridad humanitaria.
Por
la tarde, declaró la Testigo A sobre las condiciones físicas y
emocionales de Emma Guadalupe, datos de su secuestro y del tiempo que
la cuidó después haber salido de la brigada militar en la que
estaba retenida. La testigo pudo hablar con Emma antes de entregarla
a otra persona que la ayudaría. “Preferíamos estar muertas que en
manos del ejército, porque ellos violaban a las mujeres y eso
pisoteaba su dignidad. Porque el primer acto de machismo y poder es
la violación”.
JUSTICIA PARA LA FAMILIA MOLINA THEISSEN
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