miércoles, 24 de abril de 2013

Hoy en mi alfabeto solo hay siete letras y con ellas escribo tan solo una palabra: JUSTICIA



Atontada. Aún no entiendo los efectos de la resolución dictada por la Corte Constitucional de Guatemala el 23 de abril en el proceso de genocidio seguido contra el ex dictador Efraín Ríos Montt y el ex jefe de la inteligencia militar Mauricio Rodríguez Sánchez, ambos generales retirados. Leí algunas interpretaciones contradictorias y me perdí en una catarata de palabras. Después de un día muy largo y muy difícil, salí a la calle y, como siempre en esta región del planeta, me recibió una tarde esplendorosa. Sorprendida de que el mundo no se hubiese derrumbado, constaté que todo seguía en su lugar: el cielo de un azul desvaído en el que colgaba una alta luna pálida opacada por la luz de un sol agonizante, las vías repletas de vehículos, la gente corriendo hacia la noche. En mi cabeza, separada de mi cuerpo por más de mil kilómetros, seguían resonando las palabras tóxicas vomitadas por las bocas de abogadillos de cuartel.

Sin certezas de qué va a pasar con el proceso, una cosa sí sé. Todas las maniobras jurídicas que entorpecen el juicio y las decisiones que obstaculizan el derecho de acceso a la justicia son revictimizadoras. A estas se une la millonaria campaña mediática de los militares retirados y sus aliados de corbata y chanel, orquestada para atacar inescrupulosamente a las víctimas constituidas en querellantes, sus abogados, el propio tribunal de juicio y a toda la gente que las acompaña. Lo hicieron como lo saben hacer, recurriendo a toda clase de bajezas, insultos, mentiras y amenazas, en tono escuadronero, a la moda de los setentas y ochentas, o en tono ilustrado, pulcro con palabras de salón. En cualquiera de sus modalidades, sus efectos revictimizadores son los mismos.

Y eso es lo que se sabe. Por debajo de la mesa, quizá se intercambiaron favores y escamoteos por dinero y resoluciones por cheques millonarios. Todo es posible en ese mundo incierto en el que, sin referentes éticos democráticos, humanos y civilizados, se sobreponen realidades y personas. Un mundo sin sentido, en el que se pierden los significados y lo que es, no es, y si es, se aparenta lo contrario. De pronto, palabras como derechos humanos, garantías procesales, legalidad, se vaciaron de contenido en un contexto en el que lo que se busca es precisamente violar todas las disposiciones y derechos de las víctimas –así como antes violaron los cuerpos de las mujeres- y salvaguardar la impunidad de los criminales.

8. Se considerará " víctima" a la persona que, individual o colectivamente, como resultado de actos u omisiones que violan las normas internacionales de derechos humanos o el derecho internacional humanitario, haya sufrido daños, inclusive lesiones físicas o mentales, sufrimiento emocional, pérdida financiera o menoscabo sustancial de los derechos fundamentales. Se podrá considerar también “víctimas” a los miembros de la familia directa o personas a cargo de la víctima directa, así como a las personas que, al intervenir para asistir a la víctima o impedir que se produzcan otras violaciones, hayan sufrido daños físicos, mentales o económicos.

En el contexto del juicio por genocidio, las víctimas son aquellas personas que sufrieron los efectos atroces del abuso desmedido del poder por parte de agentes del Estado, los que actuaron en su nombre con su consentimiento o encubrimiento. De esta forma, el Estado guatemalteco violó las obligaciones internacionales de derechos humanos y derecho internacional humanitario e incurrió en responsabilidad internacional. Para subsanar el daño infligido, debe investigar, enjuiciar y castigar a los responsables.

Por otra parte, resulta que las víctimas tienen derechos. El documento citado reconoce en su artículo VII, entre otros, la justicia y las reparaciones:

a) Acceso igual y efectivo a la justicia;

b) Reparación adecuada, efectiva y rápida del daño sufrido;

c) Acceso a información pertinente sobre las violaciones y los mecanismos de reparación.

Sobre el acceso a la justicia, en el art. VIII se estipula que,

12. La víctima de una violación manifiesta de las normas internacionales de derechos humanos o de una violación grave del derecho internacional humanitario tendrá un acceso igual a un recurso judicial efectivo, conforme a lo previsto en el derecho internacional. Otros recursos de que dispone la víctima son el acceso a órganos administrativos y de otra índole, así como a mecanismos, modalidades y procedimientos utilizados conforme al derecho interno. Las obligaciones resultantes del derecho internacional para asegurar el derecho al acceso a la justicia y a un procedimiento justo e imparcial deberán reflejarse en el derecho interno.

Para asegurar el acceso a la justicia por parte de las víctimas del genocidio del pueblo ixil, el Estado guatemalteco debería hacer exactamente lo contrario de lo que hasta hoy hemos visto: garantizar el acceso a la información sobre las violaciones a los DDHH y el DIH por todos los medios posibles; proteger la intimidad y seguridad frente a los “actos de intimidación y represalia”, tanto a las víctimas como a sus familias y testigos; y, apoyarlas apropiadamente, de acuerdo con sus requerimientos y necesidades.

En cuanto a las reparaciones, la primordial es precisamente la justicia (art. IX):

15. Una reparación adecuada, efectiva y rápida tiene por finalidad promover la justicia, remediando las violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos o las violaciones graves del derecho internacional humanitario. La reparación ha de ser proporcional a la gravedad de las violaciones y al daño sufrido. Conforme a su derecho interno y a sus obligaciones jurídicas internacionales, los Estados concederán reparación a las víctimas por las acciones u omisiones que puedan atribuirse al Estado y constituyan violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos o violaciones graves del derecho internacional humanitario.

Con base en lo anterior, no caben las visiones estigmatizadoras ni las construcciones estereotipadas de las víctimas que son, desde este punto de vista, personas con derechos. En ese sentido, su ejercicio pleno de ciudadanía pasa por el reconocimiento social, político, cultural, judicial y en todos los ámbitos de que esta indeseable condición es el producto de procesos políticos históricos en los que se dio el abuso desmedido de poder en contra de personas y contingentes humanos, algo que en Guatemala alcanzó proporciones descomunales y un elevado costo social y humano. Pero pasa, sobre todo, por el acceso pleno a la justicia con todas las garantías procesales y con algo más, solidaridad, sensibilidad y humanidad:

10. Las víctimas deben ser tratadas con humanidad y respeto de su dignidad y sus derechos humanos, y han de adoptarse las medidas apropiadas para garantizar su seguridad, su bienestar físico y psicológico y su intimidad, así como los de sus familias. El Estado debe velar por que, en la medida de lo posible, su derecho interno disponga que las víctimas de violencia o traumas gocen de una consideración y atención especiales para que los procedimientos jurídicos y administrativos destinados a hacer justicia y conceder una reparación no den lugar a un nuevo trauma.

Como lo que se ha dado en el juicio por genocidio niega lo anterior, se observan procesos de revictimización que seguramente rebasan a las mujeres y hombres ixiles, que son quienes los sufren en primer lugar:

La revictimización hace referencia directamente a un sujeto puesto en una condición no libre ni voluntaria sino dada por el ejercicio de otro poder, que ejerce fuerza o presión. Se trata de un alguien que ha sido víctima, pero el prefijo re, nos dice de la característica de esa condición su repetición. Por lo tanto, la revictimización es una palabra derivada que hace referencia a la experiencia que victimiza a una persona en dos o más momentos de su vida. En: Los efectos psicosociales de la revictimización http://justiciaypazcolombia.com/Los-efectos-psicosociales-de-la

O sea, victimizados en 1982 y 1983 a punta de bala, machete y fuego; revictimizados en 2003-2013 en un proceso dilatado y obstaculizado de todas las formas y por todos los medios posibles.

En términos humanos, la revictimización significa revivir el hecho y el sufrimiento que este provocó, lo que resulta inevitable cuando se debe declarar ante un tribunal y que hace necesario el apoyo de profesionales de la psicología. En el caso del genocidio del pueblo ixil, la revictimización se ahonda con el retardo, la denegación de justicia y, ahora, un proceso judicial tan prolongado, plagado de maniobras dilatorias y propaganda mentirosa, por decir lo menos; la confrontación con los perpetradores; las declaraciones negacionistas del presidente y sus corifeos; y la probable repetición de todo lo actuado, si la CC no sale con una amnistía para rematar el caso.

(Hoy, como tantas veces a lo largo de mi vida, no puedo, no debo, dejarme llevar por las emociones. Hago a un lado el desaliento y el dolor renovados. No dejo que el torbellino de la rabia me atrape. Permanezco de pie y alzo mi voz para que aparezca la justicia sana y salva para aliviar dolores y pinchar las conciencias. Hoy en mi alfabeto solo hay siete letras y con ellas escribo tan solo una palabra: JUSTICIA. La verdad ya se dijo. La historia fue escrita con palabras ixiles.)

viernes, 19 de abril de 2013

Un fantasma recorre Guatemala, la justicia. Los criminales tiemblan


Guatemala es un país extraordinario. Allí, en ese paraíso de azules y de verdes, el tiempo se detuvo hace 500 años, el calendario  curiosamente avanza y retrocede al antojo de los detentadores del poder, a los asesinos se les llama “señor presidente”, la gente inerme e indefensa es la que propicia la violencia con sus reclamos de justicia y los beneméritos de la patria son los torturadores, los violadores, los desaparecedores, los genocidas. Su cielo está plagado de angelitos con alas verde olivo y vírgenes violadas que lloran sangre por que les arrebataron a sus niños.

Guatemala. Una alucinación. Una amalgama de contradicciones. Un hermoso retablo en claroscuro. Una suma de mundos paralelos.

Durante un mes, dos de esos mundos paralelos entraron en colisión en un agujero que se abrió en el espacio y en el tiempo. Por un lapso muy breve, de pronto parecía que todo se movía vertiginosamente hacia un futuro largamente esperado. Ixiles y militares en una sala de juicios. Los patos tirándole a las escopetas, qué digo, a los helicópteros artillados, las ametralladoras 50, los fusiles de asalto, las bombas cayendo desde un cielo que no se apiadó de su sufrimiento, habitado por un dios a la medida de los criminales: racista, anticomunista, dador y legitimador de los castigos más terribles.

El 19 de marzo se inició este sueño, doloroso y feliz, y en la sala de juicios ocurrieron milagros. Las mujeres ixiles hablaron por primera vez públicamente sobre los horrores sin nombre que les infligieron, todos ellos bajo la etiqueta de violencia sexual. El mundo entero se detuvo a escucharlas. Sus voces pronunciaron verdades enormes en su idioma ancestral y renombraron el mundo desde la dignidad y la resistencia acallando a los vociferantes abogados de los presuntos genocidas. Los padres y las madres llevaron en sus manos y sus corazones sus tesoros, los recuerdos del amor a sus niños y niñas arrebatados por el odio empeñado en destruir “hasta la semilla” mezclados con el dolor y la tristeza por haberlos perdido brutalmente. No fue otra cosa que amor lo que los animó a continuar viviendo y esperar ese día. 


Su palabra de fuego fue más fuerte que aquel que destruyó sus casas, sus ranchos, sus cosechas, sus vidas, su mundo tal como lo conocían. Su voluntad y persistencia les hizo atravesar la selva huyendo de los pintos, para resguardarse bajo la generosa sombra de los árboles que les dieron sus frutos y les cobijaron de las bombas que continuaban cayendo desde el cielo. También sobrevivieron en las aldeas modelo y los polos de desarrollo, palabras bonitas para nombrar los campos de concentración a dónde llegaron los caritativos y bienintencionados hombres blancos que se forraron los bolsillos lucrándose con sus miserias.

¿Qué más milagros que ver al otrora hombre superpoderoso en el banquillo de los acusados o a la jueza Barrios imponer su autoridad con una voz muy suave y no a balazos, como ha sido costumbre?

Pasaban los días y continuaban ocurriendo maravillas con la ruptura del silencio que hizo posible escuchar verdades infinitamente dolorosas, lacerantes, de horrores inhumanos en un proceso absolutamente necesario para reconocernos y optar por la justicia, y ver cómo los acusados –estatuas sonrientes, mudas, insensibles- no caían muertos envenenados por sus culpas.

Mientras tanto, las arañas tejían incansables sus telas, el sol salía cada mañana, la primavera llenó de flores los jardines y la magia continuaba fluyendo porque de eso tendría que salir un país nuevo. El sueño me llevó a creer que por fin Guatemala transitaría por una senda de auténtica democratización, no el plato de babas que nos han zampado en lugar de eso. Esta pasa por la consolidación de la independencia de poderes y el fortalecimiento de la institucionalidad, especialmente la vinculada a la administración de justicia que necesariamente implica la pérdida de influencia y espacios de los poderes fácticos.

Pero ellos conspiraban. Debajo del agua se juntaron los uniformados con las manos empapadas de sangre de inocentes y los  hombres y mujeres con cabezas llenas de palabras, con doctorados y corbatas, cuya decencia está hecha de Armani y de perfumes caros. De esa unión grotesca, impensable, de cada cual a su modo renacieron amenazas, distorsiones y reparticiones injustas y mentirosas de culpas y responsabilidades en suplementos y campos pagados porque tienen toda la plata del mundo. Recurriendo al terror, en el ejercicio renovado de la doctrina de seguridad nacional, defendieron mañosamente su paz, la que les da su impunidad y la de los que mataron en sus nombres, la del clima propicio para los negocios y el turismo, la que les dan sus autos blindados y los apartamentos de lujo en torres residenciales. Sacaron a ventilar el petate del muerto y quisieron espantarnos con la “paz” del cementerio clandestino, esa que no queremos más, con la “paz” del silencio.

El 18 de abril desperté bruscamente. En un día, en mi país de maravillas y milagros, se pasó del sainete de los abogados de la defensa que decidieron abandonar a sus representados y declararse en “resistencia pacífica”, al drama protagonizado por la jueza vendida y su resolución ilegal de retrotraer el proceso al 23 de noviembre de 2011, una prueba más de que el tiempo puede devolverse.

Con los ojos muy abiertos, nuevamente constato la magnitud de las dificultades, la desvergüenza de los presuntos criminales y sus cómplices –entre los que nuevamente figura la jueza Carol Patricia Flores-, el cinismo de sus sirvientes, el odio y el veneno que siguen circulando por el cuerpo social.

Ya es casi medianoche y aquí estoy, atragantada, diciéndome a mí misma que nadie nos dijo que esto sería fácil y que el esfuerzo sigue, y redoblado, por más empinado que sea el camino. Y ya no pienso en mí sino en la indignación provocada por el hecho de que la jueza Flores –igual que ellos, los criminales- se erigió por encima de la ley y les infligió un renovado agravio a los hombres y mujeres ixiles. No solo violó su derecho de acceso a la justicia, sino también despreció su dignidad y su admirable valor y paciencia que les hicieron persistir hasta llevar a juicio a los perpetradores intelectuales de los atroces crímenes de los que fueron víctimas.

La justicia es un derecho de las personas y comunidades que han sufrido violaciones a los derechos humanos. Es una obligación ineludible del Estado. Es la única manera civilizada de restañar las heridas que continúan abiertas pese al tiempo transcurrido, resolver conflictos y emprender la construcción de una paz verdadera, no esa paz de papel, de violencia y de racismo excluyente,-en el país de los contrasentidos- que no ha resuelto los problemas estructurales sobre los que se asienta el bienestar de unos pocos y la miseria de las mayorías.

Guatemala merece otro destino. Es un país muy duro pero casi todo lo que amo está allí y también todo lo que detesto. En alguna parte de su territorio, un mosaico de belleza portentosa en el que conviven lo mejor y lo peor de cada uno de nosotros, está lo que dejaron de mi hermano, que encontraremos algún día para que mi sangre no quede botada cual basura. Por ese amor que le tengo a la tierra y a mi gente, no voy a renunciar a la justicia para Marco Antonio y para todos los niños y niñas, los hombres y mujeres torturados, desaparecidos o asesinados brutal e injustamente por hombres que encarnaron la codicia, el odio y el afán desmedido de dominación, seres que no conocieron límites humanos ni divinos para ejecutar el exterminio, que merecen ser juzgados y castigados. Con mis palabras los condeno a todos los infiernos, a una vida de remordimientos que se alargue mil años, hasta verlos caer rendidos por el peso de sus culpas enormes, que dure tanto hasta que lleguen a odiarse y sus hijos y nietos no quieran abrazarlos. No quiero que se mueran. Los condeno a que más temprano que tarde vean alzarse a la justicia triunfante, porque les va llegar, porque les caerá como un aguacero de piedras, como gotas de fuego agujereando sus conciencias blindadas, insensibles.

No me doy por vencida. Estoy preparada para resistir un largo tiempo, han pasado casi 32 años y todos los que faltan desde la captura ilegal y desaparición forzada de Marco Antonio, un niño de quince años, como el joven soldado que apareció en el pasquín de los héroes y salvadores de la patria. Eso no quiere decir que no me duela lo sucedido ayer con la resolución ilegal de la jueza corrupta, Carol Patricia Flores, que no me ofenda hasta lo más profundo, que no resienta el golpe.

Letal. Ya quisieran ellos que la afrenta de ayer nos fulminara. Pero no, tercamente no les damos el gusto. Seguimos a contracorriente, sacando victorias de aparentes derrotas, que eso es lo que nos sostiene; alegrías de las amarguras y los golpes, cosechando vida de la muerte, justicia de la impunidad más abyecta, dignidad de su abismal descaro, humanidad de lo insensible. Hay mucha vida en nuestros espíritus y cuerpos, en esta orilla en la que seguimos construyendo caminos que parecen imposibles hacia un futuro diferente. No lo entienden. Tampoco la necia voluntad, ni la paciencia, tampoco la esperanza que brota cada día aunque no cesen en sus intentos de aplastarla. La razón nos asiste, junto con la verdad, el amor, la justicia, la solidaridad, todo lo que nos hace humanos, que continúan alentando un futuro distinto. Hay esperanza y dignidad en las mujeres y hombres ixiles y en todas las personas que ayer y hoy llenaron la sala de juicios y salieron a la calle con rojos claveles en sus manos, no con balas; hay esperanza y dignidad en los abogados/as que les acompañan; en la jueza Barrios y quienes conforman con ella el tribunal de sentencia; en los peritos/as que nos ayudaron a entender lo sucedido.

Hoy aunque quisiera llorar a gritos, desgarrarme por dentro de la rabia y la indignación, voy a hacer como el pájaro que despierta a deshoras, cuando es noche cerrada, y con sus trinos llama a la madrugada. Canto para celebrar a las mujeres y los hombres ixiles que sobrevivieron para llegar a estos días decisivos. Ellas y ellos vencieron a la muerte, al olvido, al rechazo y al odio, y están poniendo a prueba dos visiones de mundo contrapuestas, la de la justicia, la verdad y la dignidad contra la de la impunidad y el cinismo.

Talvez ahora entiendo plenamente el verso del poeta malogrado, “nada podrá contra la vida porque nada pudo jamás contra la vida”. Fue la vida la que fluyó en escasos treinta días, contra siglos de todo lo contrario. La vida y el anhelo visceral de lograr la justicia, eso no podrán acabarlo. Para eso, tendrían que acabarnos a todos y aquí estamos.

miércoles, 17 de abril de 2013

“Vamos a matar, pero no a asesinar” Los tribunales de fuero especial



Solo en este pueblo de indios existe el derecho de ser criminal.
En otras naciones se aplica la pena de muerte
Efraín Ríos Montt*

Quisiera recordar todos los acontecimientos que se dieron en los meses que viví bajo la bota ríosmonttista. Ha pasado mucho tiempo y solo quedan las grandes líneas, las sensaciones, ciertos sentimientos sofocantes, el estremecimiento que me producía escuchar al dictador y que hasta hoy me hace cambiar de canal si es su imagen la que veo en la pantalla. El aparente olvido -porque todo lo vivido me habita, junto con las personas, las que están y las que nos arrebataron o las que se han ido en condiciones humanas- ha hecho que se borren muchos de los detalles de la escena en la que me movía entonces, cuando un pequeño corazón latía junto al mío, el del niño que tuve la osadía de concebir cuando todo conspiraba contra la vida misma.

La fotografía que tengo entre mis manos es borrosa, pero el rostro del dictador se percibe con absoluta nitidez. Oigo su voz bronca, rasposa, terrorífica, que me hacía creer que si alguna vez escuchara hablar al diablo seguramente sonaría igual. También estoy en la foto. Me envuelve una aflicción profunda, triste y desesperanzada.

Era 1982. Cuando ya nos habían sumergido en el infierno y creí que no podía inventarse nada más, Ríos Montt instauró los tribunales de fuero especial, otro agujero negro en el que cayó más de medio millar de compatriotas, un absurdo kafkiano que se quiso presentar como justicia. Los TEF fueron creados mediante el Decreto Ley 46-82 -una ley “antitécnica, antijurídica y atentatoria”, como la calificó el IX Congreso Jurídico Guatemalteco (Antigua, marzo de 1983) en un pronunciamiento en el que se pidió su derogación- del 1 de julio de 1982, un día después del cese de una de las tantas amnistías decretadas para hacer volver al redil a “delincuentes terroristas y subversivos”. Fueron muy pocos los que se acogieron al perdón y olvido prometidos, por lo que una vez pasada la “oportunidad” surgieron estas aberraciones jurídicas con un sesgo discriminatorio contra la gente de izquierda, como se concluye al leer los considerandos del DL 46-82:

1. Que grupos de delincuentes, mediante actividades subversivas de naturaleza extremista, pretenden por medios violentos cambiar las instituciones jurídicas, políticas, sociales, y económicas de la Nación;
2. Que quienes realizan estas actividades hacen uso de procedimientos que perturban el orden público, alteran gravemente la tranquilidad social y destruyen vidas y bienes de los habitantes de la República.
3. Que para proteger el orden, la paz y la seguridad públicas, se hace necesario dictar la ley que garantice una rápida y ejemplar administración de justicia, en el juzgamiento de delitos que atenten contra estos valores.

Esta clase de tribunales estaba prohibida expresamente en el art. 53 de la derogada Constitución Política de 1965, un monumento a la imaginación en lo que a derechos se refiere:

Es inviolable la defensa de la persona y sus derechos. Ninguno puede ser juzgado por comisión o por Tribunales Especiales.

Los TEF, además, contradecían el art. 5 del Estatuto Fundamental de Gobierno, promulgado el 27 de abril de 1982 para sustituir a la Constitución: “en el ejercicio del poder público [el régimen] buscará hacer que la Administración Pública actúe con eficacia y probidad, velará porque la justicia sea tal, cumplida y pronta”. Utópico, materialmente imposible de realizar por un poder judicial que no era otra cosa que “una entidad todavía más dependiente, subordinada y sumisa” que la existente antes del golpe de Estado, como dice la CIDH en su informe de 1983[i].

Uno de los factores de la falta de independencia en la administración de justicia era la excesiva concentración de poder en manos del autoproclamado Presidente de la República. Ríos Montt, que no solo había cerrado el Congreso y legislaba a su antojo, designaba al presidente del organismo judicial y de la Corte Suprema de Justicia (Ricardo Sagastume Vidaurre), los magistrados de la CSJ, la Corte de Apelaciones y otros altos tribunales. Con esos nombramientos, a la medida de sus preferencias personales y las del grupo de militares allegados, tampoco se podía esperar imparcialidad en las decisiones de estos órganos.

Los TEF fueron parte de un paquete de medidas represivas que incluían la suspensión de los derechos y las garantías individuales reconocidas por el art. 2 del Estatuto Fundamental de Gobierno. Pero en la Guatemala que habitaba, la de la rebeldía y la resistencia, la del “enemigo” a exterminar, desde hacía mucho tiempo no se nos garantizaban la libertad de asociación, la libre emisión del pensamiento y difusión sin censura previa, la inviolabilidad de la correspondencia y de la posesión de libros o documentos privados, la inviolabilidad del domicilio y protección contra allanamientos ilegales, el derecho a no ser detenida sin orden escrita de autoridad competente, petición y habeas corpus (exhibición personal).

El estado de sitio decretado el 1º. de julio de 1982 se mantuvo vigente hasta el 23 de marzo de 1983. Cualquier persona “sospechosa de ser sospechosa” –un sinsentido total que expresaba de algún modo el clima instalado en la sociedad guatemalteca, tal como la incomprensible sentencia del dictador “vamos a matar pero no asesinar”- podía ser detenida, su casa allanada, su correspondencia abierta, sus libros y documentos revisados y destrozados y ella conducida a cualquier cárcel clandestina y desaparecer para siempre, o emerger de las profundidades con una condena a muerte. Todo era “legal” desde la perspectiva retorcida del poder absoluto sobre la vida, la seguridad y la integridad de los seres humanos. Así, alrededor de 500 personas que sufrieron esa clase de vejámenes, fueron puestas a disposición de los TEF. El resto, incontables, fueron desaparecidas sin dejar huella.

Establecidos mediante leyes ilegales, violatorias de las obligaciones internacionales de derechos humanos del Estado guatemalteco, los TEF eran tribunales secretos que “operaban en la clandestinidad oficial” dado que “ajustaban su actividad, se desempeñaban y funcionaban, de acuerdo con normas, regulaciones y consignas militares de carácter secreto. En consideración a ello, nadie sabía ni podía informarse quienes los integran, cuántos eran, donde funcionaban, cuándo se reunían, y tampoco se conoce si algún día se podrá llegar a saber el paradero de los expedientes que tramitaron tales Tribunales.” Esta condición contravenía “lo que disponía como regla su propia ley de creación, y los principios básicos de la seguridad jurídica y del debido proceso”.

Las personas sometidas a su jurisdicción permanecían detenidas e incomunicadas durante mucho tiempo, sin que sus familias estuvieran enteradas de su paradero; mientras tanto, eran interrogadas y torturadas para obtener una declaración o “indagatoria” con la que se iniciaba la elaboración de un expediente escrito o sumario. En esta fase, no contaban con abogado defensor “no solo porque no se lo[s] designaron, sino porque no se lo[s] permitieron”, lo que pudo comprobar la CIDH tanto mediante entrevistas como por la revisión de expedientes. Además de lo anterior, no se podían apelar sus resoluciones hasta que una petición de la CIDH llevó a establecer una segunda instancia; como no tenían domicilio conocido, los escritos de los abogados defensores eran depositados en una ventanilla del Ministerio de la Defensa.

Además de violárseles su libertad personal y otros derechos y libertades, las personas detenidas eran sometidas a torturas y tratos crueles, inhumanos y degradantes, los que han sido una práctica de las fuerzas represivas del Estado guatemalteco históricamente. Por ejemplo, en el caso de Marco Antonio González, hondureño, fusilado el 3 de marzo de 1983, durante su estadía en Guatemala la delegación de la CIDH visitó las instalaciones del Cuarto Cuerpo de la Policía Nacional y lo entrevistó en septiembre del 82, cuando tenía 25 días de haber sido capturado: “dijo haber sufrido la tortura (…), estar sometido a los Tribunales de Fuero Especial acusado de distribuir propaganda subversiva y no tener abogado defensor. González protestó su inocencia. No obstante fue fusilado junto con cinco reos más el día 3 de marzo de 1983, en cumplimiento de sentencia de muerte impuesta por el Tribunal de Fuero Especial que lo juzgó.”

La tortura fue descrita por los detenidos que, tras vencer el miedo, hablaron con la CIDH en las instalaciones del referido cuerpo policiaco:

4. Todos coincidieron en afirmar que antes de ser puestos a la orden del tribunal que lo[s] estaba juzgando habían sido objeto de tortura y que esa tortura había consistido en mantenerlos incomunicados y en interrogarlos utilizando el método llamado "capucha llanta". Este consiste en colocarles una especie de capucha de goma que les cubre toda la cabeza hasta el cuello para luego introducir alcohol mientras permanecen atados de pies y manos produciéndoles sofocación al extremo de la asfixia. La operación se repetía una y otra vez, día tras día, hasta lograr la confesión en base a lo cual se les remitía a los tribunales.

De esa forma, los captores obligaban a los detenidos a autoincriminarse, con lo que se violaba su derecho a no declarar contra sí mismos. Su confesión era con frecuencia la única “prueba” de culpabilidad y, por ende, base de la acusación y de la sentencia de muerte. La CIDH agrega que, en términos generales, la tortura no era solamente un medio para lograr una confesión o castigar a la persona detenida, sino que fue convertida en “un sistema de amedrentamiento a la población”.

En esas circunstancias, aprendí a caminar viendo sobre el hombro sin caerme, me nacieron ojos en la nuca y un par de alas en la espalda. Practicaba la invisibilidad y sabía convertirme en el ojo de una hormiga. En mi agujero me enteré con una gran indignación e impotencia de los fusilamientos de septiembre de 1982, el que fue seguido por hechos similares en marzo del 83[ii]. ¿El juzgamiento y condena a muerte de quince personas en circunstancias absolutamente anómalas, en condiciones de total indefensión era el “vamos a matar, pero no a asesinar”? “Vamos a matar, pero no a asesinar”, un juego de palabras siniestro que todavía no comprendo.

Estos fueron los hechos:

1. El 17 de septiembre de 1982 fueron fusilados en Guatemala en cumplimiento de una sentencia de los Tribunales de Fuero Especial los señores: Marcelino Marroquín, Julio Hernández Perdomo, Jaime de la Rosa Rodríguez y Julio César Vásquez Juárez;
2. El 3 de marzo de 1983, se realizó el segundo fusilamiento dispuesto por los aludidos Tribunales de Fuero Especial, como consecuencia de lo cual murieron los señores: Walter Vinicio Marroquín González, Sergio Roberto Marroquín González, Héctor Haroldo Morales López, Marco Antonio González; Carlos Subuyuj Cuc, y Pedro Raxon Tepet;
3. El 22 del mismo mes de marzo de 1983 tuvo lugar el tercero de los fusilamientos dispuesto por tales Tribunales de Fuero Especial, ejecutándose a los señores: Mario Ramiro Martínez González, Rony Alfredo Martínez González, Otto Virula Ayala, Jesús Enrique Velásquez Gutiérrez y Julio César Herrera Cardona; (…)[iii]

Mi indignación e impotencia se acrecentaron con las denuncias de valerosos abogados que se atrevieron a romper el silencio sobre los retorcidos procesos “judiciales” en los que tribunales secretos, conformados por jueces sin rostro sentenciaban a muerte a personas previamente desaparecidas. Era espantoso el hecho de que un día cualquiera detenían a alguien, el tiempo pasaba sin que sus familiares pudieran saber su paradero y volvían a escuchar su nombre junto con las palabras “condenado a muerte”. Y tras la ejecución, los cadáveres eran escamoteados. Ignoro si a la fecha, sus familias pudieron recuperar sus restos.

Las denuncias y las condenas internacionales no se hicieron esperar. Entidades como Amnistía Internacional, Pax Christi, Consejo Mundial de Iglesias, America´s Watch, el Tribunal Permanente de los Pueblos, la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, el Parlamento Europeo, el Consejo Nacional de Iglesias de los Estados Unidos, entre otras muchas, se pronunciaron acusando al régimen ríosmonttista de violar los derechos humanos. 

Ante eso, tal como sucedía con la incoherencia en el sistema legal prevaleciente en el país, compuesto por leyes que reconocían y garantizaban los derechos humanos y por otras que eran su total negación, en política exterior también se observaba el doble discurso. De manera que para “lavarse la cara”, la Cancillería invitó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a visitar el país (visita in loco, una de sus facultades para supervisar la situación en los países), y esta instancia envió una delegación en septiembre de 1982, aproximadamente una semana después de los primeros fusilamientos.

Cuando la delegación de la CIDH arribó al país en septiembre de 1982 y manifestó su preocupación por los fusilamientos, Ríos Montt le respondió:

No son los últimos (los fusilamientos). Son los primeros. Antes aparecían en las calles los cadáveres de las personas ejecutadas. Cada quien mataba a quien quería matar. Los tribunales no hacían justicia. Viendo que no se hacía justicia cada cual mataba por su cuenta. Al asumir la Presidencia yo asumí la responsabilidad de los juicios. Es para sentar precedentes jurídicos…

Como producto de esta visita, la CIDH publicó su segundo Informe sobre la situación de los derechos humanos en Guatemala en 1983, que se ha venido citando. En su texto, estableció una serie de defectos procesales de los TEF, a saber:

a) Su competencia era demasiado amplia ya que abarcaba no sólo los delitos políticos y los delitos comunes conexos con los políticos, sino que se extendió a todos los delitos comunes tipificados en los Títulos VII, XI, y XII del Libro 2 del Código Penal;

b) La punibilidad era excesiva ya que no solo se duplicó la pena señalada en la ley respectiva, sino que se aplicó la pena de muerte a un gran número de delitos que anteriormente no estaban castigados en forma tan severa;

c) Nunca se supo el número de Tribunales Especiales ni su jurisdicción territorial;

d) Establecieron un Fuero Especial exclusivo desconociendo otros factores determinantes de la competencia;

e) Los miembros de los Tribunales Especiales podían ser abogados u oficiales del Ejército designados por el Presidente. Sin embargo, se desconoce si el dichos tribunales ha intervenido abogados o únicamente oficiales del Ejército;

f) El término de instrucción era muy breve y restringía la posibilidad de una defensa adecuada;

g) La sentencia se fundamentaba en muchos casos en la confesión que no siempre era libre y espontánea. Muchos detenidos comunicaron a la Comisión haber sido torturados;

h) Las sentencias se dictaron en conciencia y, por tanto, se desconocen los fundamentos jurídicos de la condena. De allí que las pruebas no se valorasen según las reglas de la sana crítica, sino según el íntimo convencimiento de los juzgadores;

i) El ejercicio de la acción estaba a cargo de Fiscales Especiales nombrados por el Presidente que podían ser abogados u oficiales, desconociéndose su identidad;

j) Los Tribunales eran secretos;

k) En general, no se observaban las garantías procesales mínimas del debido proceso, ni se permitía a los acusados defenderse en forma adecuada.

Asimismo, la CIDH fue contundente en sus apreciaciones

36. La Comisión quiere dejar expresa constancia de que tales procesos, llevados a cabo sin respetar las garantías mínimas del debido proceso, constituyeron una verdadera farsa, y que se realicen donde se realicen esa clase de juzgamientos, al desnaturalizar las instituciones jurídicas nominando jueces a quienes no lo son, defensores a quienes no defienden; Ministerio Público a quienes no persiguen obtener una pronta, cumplida y ejemplar administración de justicia; y Tribunales de Justicia a cortes marciales sin independencia ni imparcialidad que funcionan en secreto bajo consignas militares, lo que en realidad se hace es todo lo contrario, esto es, atropellar la justicia.

En ese tiempo, con el mundo de cabeza y perdidos los significados más profundos de la vida en sociedad, el dictador Ríos Montt proclamó ante la CIDH:

Yo soy el que hace las leyes. Le garantizo al pueblo un uso justo la fuerza. En vez de cadáveres en las calles, vamos fusilar a los que cometan delitos. Soy Presidente, aunque de facto; pero yo digo que soy mayordomo porque ahora mi tarea es limpiar la casa…

(Continuará)

* El epígrafe fue tomado de una noticia publicada por el periódico mexicano El Día,  del 15 de febrero de 1983, titulada Tribunales de Fuero Especial, una necesidad social, jurídica y moral. Efraín Ríos Montt, con base en información suministrada por EFE, Prensa Latina y Enfoprensa que citan su mensaje dominical.


[i] Las citas subsiguientes, a menos que se indique lo contrario, son de Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Segundo informe sobre la situación de los derechos humanos en Guatemala. Washington, D.C., CIDH, 1983.
[ii] Fusilados en Guatemala tres civiles y dos militares http://elpais.com/diario/1983/03/22/internacional/417135614_850215.html
El Papa viaja al 'volcán centroamericano' Gran tristeza de la Iglesia de Guatemala por la ejecución de seis personas en vísperas de la visita de Juan Pablo II. El nuncio asegura que el Papa había intercedido en favor de los condenados http://elpais.com/diario/1983/03/04/internacional/415580402_850215.html
[iii] Capítulo III. Resoluciones relativas a casos individuales. Resolución Nº 15/84. Casos Nº 8094, 9038 y 9080 (Guatemala) 3 de octubre de 1984, en Informe anual de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos 1984-1985. http://www.cidh.oas.org/annualrep/84.85sp/Guatemala8094.htm